lunes, 19 de julio de 2010

CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LAS ASISTENTES


CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LAS ASISTENTES
(APROBADO POR LA FEDERACIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES DE SECRETARIAS)

1. PRINCIPIOS DE CARÁCTER GENERAL

• Dignidad.

• Integridad.

• Secreto profesional.

2. PRINCIPIOS DE CARÁCTER GENERAL

Del sigilo profesional:

El derecho y la obligación del sigilo profesional comprende:
• Las confidencias e información personal de su superior.
• Los hechos de conocimiento restringido que afecten a sus superiores, compañeros o demas miembros de la empresa.
• La información cuyo contenido tenga un valor específico para un lector no autorizado; o figure clasificada como confidencial.
• Evitará duplicar información confidencial y mantenerla fuera de los archivos oficiales sin conocimientos de su superior.

Relaciones con sus compañeros

• Debe abstenerse de cualquier competencia desleal en relación con sus compañeros.
• La discreción es un elemento específico en las relaciones externas y el fundamento primario de su capacidad para salvaguardar el sigilo profesional.
• Es obligación prestar su colaboración a todos su colegas, cuando sea necesaria su intervención para que no se produzcan atrasos en el trabajo y no perjudique el normal funcionamiento de la entidad donde presta sus servicios.

Relaciones con la empresa

• Debe estar siempre dispuesta a prestar apoyo y cooperación a su empresa y ha de conocer, así mismo, los objetivos y la política interna de la misma.
• No aceptará remuneración profesional que no sea por su salario, incentivos y bonos que su empresa destine a tal efecto.
• Tiene el deber de contribuir a la celeridad del trabajo, no debiendo aceptar sugerencias ni coacciones para eludir su cumplimiento.

En relación con su profesión


• Debe cultivar sus aptitudes y actualizar sus conocimientos, a fin que su trabajo se ejecute al más alto nivel de rendimiento.
• Debe abstenerse de realizar cualquier práctica que pueda perjudicar la reputación de su profesión.
• No debe valerse de su influencia sobre sus superiores, ni apelar a vinculaciones de amistad o recomendaciones para obtener.
• Ha de ser consciente de que representa un colectivo al que tiene la obligación de defender y enaltecer.
• Ha de conseguir que se respete el Código Deontológico de su profesión.

Es apropiado que sea instrumento de difusión del mismo, tanto para afirmar los valores contenidos en el código como para ampararse en él.

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